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COLEGIO NACIONAL DE ABOGADOS DE PANAMA

MIEMBRO DE

INTERNATIONAL BAR ASSOCIATION
FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS
UNIÓN IBEROAMERICANA Y DEL CARIBE DE COLEGIO Y AGRUPACIONES DE ABOGADOS

RESOLUCIÓN
 Del 8 de septiembre de 2009

La Junta Directiva
Colegio Nacional de Abogados de Panamá

 

CONSIDERANDO:

Que esta Asociación gremial ha tenido noticias de una iniciativa legislativa tendiente a suprimir la colegiación compulsoria para los miembros del histórico y hermano Colegio de Abogados de Puerto Rico, a través del Proyecto del Senado distinguido con el número 152;

Que la colegiación compulsoria u obligatoria ha sido motivo de permanente defensa y promoción para su establecimiento y respeto en diferentes organismos de la abogacía mundial, muy especialmente, por la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA) y la Federación Interamericana de Abogados (FIA), de las cuales forma parte el Colegio Nacional de Abogados de Panamá;

Que la colegiación compulsoria u obligatoria contribuye a que los Colegios y Asociaciones de profesionales del Derecho sean totalmente independientes de los poderes públicos y de cualesquiera otros intereses ajenos a la profesión,

Que igualmente, la colegiación compulsoria propugna por la calidad técnica de la práctica forense a través del acceso a la profesión, y es el fundamento de la función social de la abogacía, en la orientación a los ciudadanos y en la defensa del Estado de Derecho, de la seguridad jurídica y de los derechos humanos,

Que  diferentes organismos y tribunales internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han favorecido la colegiación obligatoria como mecanismo que garantiza certeza, transparencia y seguridad para quienes requieran o utilicen los servicios profesionales de los abogados,

Que el Colegio Nacional de Abogados de Panamá ha sido solidario con las causas y sentir de la gran Nación Puertorriqueña, cuando se pronunció sobre la legítima aspiración y reclamo sobre la situación de la Isla de Vieques, así como el Colegio de Abogados de Puerto Rico, al respaldar en 1976, dando  a conocer su posición jurídica sobre las violaciones del Tratado Hay-Buneau-Varilla, acción que condujo a darle soporte a la Organización de Estados Americanos (OEA) para concretar un nuevo Tratado entre los gobiernos de Panamá y  los Estados Unidos de América,

Que conforme al artículo 5 del Estatuto del Colegio Nacional de Abogados de Panamá,  esta Asociación debe promover, mantener y fortalecer relaciones con asociaciones internacionales de abogados,

En consecuencia,

RESUELVE:

Primero: Manifestar el apoyo firme y solidario al Ilustre Colegio de Abogados de Puerto Rico en las actividades que realiza para defender y preservar la colegiación compulsoria vigente en esa gran Nación,

Segundo: Enviar copia de esta resolución a  los Colegios y Asociaciones de Abogados en Iberoamérica, exhortándoles a que respalden al Colegio de Abogados de Puerto Rico en sus justas aspiraciones.

Tercero: Respaldar el pronunciamiento del Presidente del Colegio Nacional de Abogados, con respecto al apoyo de lo anterior.

Dada en Panamá los ocho (8) días del mes de  septiembre de dos mil nueve (2009).

 

Rubén Elías Rodríguez Ávila                                    Carol Durling
Presidente                                                                Secretaria

 

 
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